Los cursos deben ser cciones formativas de carácter no formal referenciadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Ver Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Empresas para la formación de sus trabajadores, dentro del marco sectorial de que se trate. Límite 30% de los fondos. 30% desempleados.
Agrupaciones empresariales. Mínimo de 20 empleados. 60% de los fondos. 30% desempleados.
Asociaciones. 10% de los fondos. 100% desempleados.
Los beneficiaros deberán prestar las actividades objeto de la subvención para trabajadores en centros de trabajo de la CAM.
Compatible con otras ayudas incluso para el mismo fin.
Adjudicación de la subvención por orden de presentación debidamente cumplimentada.
Podrán ejecutar los beneficiarios o subcontratar a través de empresas de formación.
Rangos económicos
Entre uno y 30 trabajadores, ambos inclusive: 10.000 euros.
Entre 31 y 100 trabajadores, ambos inclusive: 30.000 euros.
Entre 101 a 250 trabajadores, ambos inclusive: 60.000 euros.
Entre 251 a 500 trabajadores, ambos inclusive: 150.000 euros.
Con más de 500 trabajadores: 300.000 euros.
Los gastos subvencionables pueden incluir gastos organizativos, directos e indirectos derivados de programación, difusión, implementación, seguimiento, evaluación y certificación de las actividades formativas, costos de personal formador, alquiler de infraestructuras físicas o telemáticas, y otros gastos asociados. Sin embargo, no deben exceder la cuantía modular establecida en la convocatoria para todas las personas formadas.
Solo se considerará subvencionable el gasto incurrido por el trabajador, ya sea ocupado o desempleado, que termine la formación, habiendo asistido al menos al 75% de la duración del curso o realizado el 75% de los controles periódicos de seguimiento.
Se admitirá un máximo de hasta el 15% de participantes que iniciaron pero no terminaron la formación como subvencionables, sin que el total de participantes subvencionables, tanto los que finalizaron como los que no, exceda el número de participantes concedidos para cada acción formativa.
Formación adaptada a las necesidades de los trabajadores y de la empresa.
Acciones Formativas basadas en competencias recogidas en el Catálogo Nacional y referenciadas a los sectores estratégicos.
Duración establecida para las acciones formativas: entre 30 y 60 horas.
Flexibilidad en la modalidad de las acciones formativas: presencial, mixta o teleformación.
La forma de acreditar los requisitos para solicitar la subvención será mediante las declaraciones responsables, certificados, el proyecto formativo y demás documentación que se presente junto a la solicitud de la ayuda.
La solicitud se hará a través del programa SFOC, disponible en este enlace.
Documentación requerida